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SBIF requiere regularización del capital de Inversiones S.C.G. S.A.

Inversiones S.C.G. S.A. deberá informar por escrito a la SBIF y en un plazo de cinco días hábiles bancarios.

SBIF (17/06/2011)

La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) comunicó esta tarde a la Gerencia General de Inversiones S.C.G. S.A. -empresa emisora de las tarjetas de crédito La Polar-, lo siguiente:

"En relación con la información dada a conocer por Empresas La Polar S.A., sociedad matriz de esa emisora de tarjetas de crédito y su impacto en el monto del capital mínimo requerido en el Capítulo III.J.1 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile para ejercer el giro de esta sociedad, sírvase someter a aprobación de esta Superintendencia el plan de normalización de dicha cuenta, dentro del plazo de 5 días hábiles bancarios contados desde la recepción de la presente".

Esta comunicación -que se efectúa para los efectos previstos en el Título VI, literal c) del citado Capítulo III.J.1.-, significa que dentro de ese plazo Inversiones S.C.G. S.A. deberá informar por escrito a la SBIF respecto de cuál es el plan de regularización a seguir y que le permitirá cumplir con el mínimo de capital y valores de UF 100.000, exigido en la norma para el funcionamiento de este tipo de empresas.

En el caso de que Inversiones S.C.G. S.A. no envíe la información requerida al regulador a modo satisfactorio y en el plazo fijado, la SBIF podrá suspender o revocar la autorización otorgada al emisor de la tarjeta. Esto último, con acuerdo del Banco Central de acuerdo a lo que establece el Capítulo III.J.1.

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