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Recopilación de Acreencias Bancarias afectas a caducidad

Los datos se publicaron el pasado mes de marzo en el Diario Oficial.

Fernando Valdés O. (10/04/2006)

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Enmarcada en su política de ayuda a la comunidad, la Superintendencia de Bancos entrega el archivo "Acreencias Bancarias Afectas a Caducidad", completa recopilación de las publicaciones realizadas por los bancos en el Diario Oficial, durante el mes de marzo. Lo anterior, en cumplimiento con lo establecido en el artículo N° 156 de la Ley General de Bancos.

En él, se señala que luego de dos años en que un depósito, captación o cualquier otra acreencia, a favor de terceros que no haya tenido movimiento o no haya sido cobrada, el banco deberá darla a conocer a través de una publicación en el Diario Oficial, siempre que su monto sea superior al equivalente de cinco unidades de fomento.

También indica que si esos montos no son cobrados luego de tres años desde que fue confeccionada la lista correspondiente (que se realiza en el mes de enero de cada año y se publica en marzo), la institución financiera deberá entregar esos montos al Fisco.

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