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Bancos podrán Constituir Administradoras Generales de Fondos

La nueva normativa de la SBIF se refiere a Sociedades Administradoras Generales de fondos y ha sido publicada con fecha de hoy 12.12. 2001 y bajo el número 3.158.

RR.PP. SBIF (12/12/2001)

A partir de hoy miércoles 12 de diciembre de 2001, los bancos han sido autorizados por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, SBIF; para crear sociedades filiales Administradoras Generales de Fondos que están facultadas para administrar uno o más tipos de Fondos Mutuos, Fondos de Inversión, Fondos de Capital extranjero y Fondos para la Vivienda.

La autorización de esta nueva filial bancaria, deriva de la reciente reforma al mercado de capitales, pues como los bancos han sido autorizados con anterioridad para operar sociedades filiales de todos los fondos antes mencionados, resulta evidente que también puedan acogerse a este nuevo sistema.

Estas filiales deberán sujetarse a los requisitos que señala el nuevo título de la Ley sobre Mercado de Valores y a las normas que dicte la SVS, a quien corresponderá la fiscalización de los fondos establecidos de acuerdo a dicha normativa.

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