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SBIF define lineamientos de educación financiera para iniciativas de los fiscalizadosLa Superintendencia fijó estas recomendaciones a través de una Carta Circular dirigida a bancos, cooperativas, sociedades de apoyo al giro y emisores de tarjetas de pago.SBIF (03/11/2017) Siguiendo con su trabajo de impulsar y promover el desarrollo de la educación financiera, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) emitió una Carta Circular que contiene un conjunto de principios y lineamientos que sirven de orientación y guía para las iniciativas y/o programas en materia de educación financiera que desarrollan las entidades fiscalizadas. La norma fue destacada por el Superintendente Eric Parrado durante una conferencia de prensa que dio con motivo de la realización de la 3ra Conferencia “Desarrollo, Estabilidad y Sustentabilidad de la Banca", realizada este viernes en conjunto con la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) y la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Católica de Chile. La Carta Circular, que se dirige a bancos, cooperativas, sociedades de apoyo al giro y emisores de tarjetas de pago, busca promover en las instituciones el desarrollo de bases sólidas de educación financiera que permitan crear conciencia sobre el uso racional de los recursos, el endeudamiento responsable, la planificación y la previsión financiera, fomentando la confianza en el sistema financiero y al mismo tiempo, su estabilidad. Entre otros aspectos, se define el concepto de educación financiera como “el proceso por el cual los consumidores e inversionistas financieros mejoran su comprensión de los productos financieros, los conceptos y los riesgos; y a través de información, instrucción y/o el asesoramiento objetivo, desarrollan las habilidades y confianza para ser más conscientes de los riesgos y oportunidades financieras, para tomar decisiones informadas, saber a dónde ir para obtener ayuda y ejercer cualquier acción eficaz para mejorar su bienestar económico”. Lineamientos generalesEn la Carta Circular se entregan una serie de lineamientos aplicables a las iniciativas y programas de educación financiera:
Finalmente, la carta circular requiere que, para efectos de mantener información relativa a las iniciativas y/o programas de educación financiera realizadas por las entidades, así como del resultado de las mismas, se envíe a comienzos de cada año la información referida al año calendario anterior, que dé cuenta de las acciones de educación financiera que haya sido realizada.
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