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Eliminan Restricciones para Letras de Crédito y Otros Títulos de Inversión

Esta modificación otorgará mayor flexibilidad a las instituciones financieras para diseñar políticas comerciales.

RR.PP. SBIF (14/05/2002)

Debido al grado de solvencia y buena administración demostrado por el sistema financiero nacional, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, SBIF, ha puesto en práctica una política institucional dirigida a brindar grados adicionales de libertad a la gestión comercial de los bancos. Al mismo tiempo les ha exigido mayor responsabilidad y compromiso tanto a los directorios como a la alta administración de los mismos.

Es en este marco que la SBIF emitió hoy una nueva normativa que elimina las restricciones que afectaban a las letras de crédito de emisión propia y a los títulos emitidos por la Tesorería General de la República, para ser incorporados como inversiones permanentes por las instituciones financieras.

En la circular 3.149, del 26 de octubre de 2001, la SBIF había introducido una importante flexibilización en el tratamiento de las inversiones permanentes, señalando que el directorio debería acordar la política que en esta materia seguiría cada institución. A través de esta nueva norma, se extiende la misma política general a las inversiones en letras de propia emisión y a los títulos de la Tesorería General de la República.

Esta modificación otorgará mayor flexibilidad a las instituciones financieras para diseñar políticas comerciales y por ello fortalecerá la competencia en el mercado del financiamiento hipotecario.

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