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La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 33 de la Ley General de Bancos, otorgó su autorización mediante la Resolución N° 41 del 7 de febrero de 2013, para que "DnB Bank ASA", establezca en Chile una oficina de representación.
Las actividades a que podrá dedicarse la Representación, consistirán en actuar como agente de negocios de su matriz y facilitar el intercambio de información entre entidades locales y las oficinas del banco en el exterior. De acuerdo con la ley, en ningún caso dicha representación podrá efectuar actos propios del giro bancario y la presente autorización podrá revocarse en cualquier momento si la representación no cumple tal disposición o si su subsistencia fuere inconveniente.