Nueva Versión de este sitio web.

Desde inicios de abril de 2012, SBIF.cl tiene una nueva versión y usted está visitando la versión antigua que no está actualizada. Para ver la versión actual, haga click en este enlace.

Logo de la Superintendencia de  Bancos e Instituciones Financieras de Chile
Directorio de temas
Sitio web SBIF - Barra de Navegación
Atención PúblicoNoticiasLeyes y NormasInformación FinancieraBibliotecaGlosarioConozca SBIF
Eventos por Entidad - Cronología Bancaria
Icono de Mapa del SitioMapa del SitioIcono del enlace a la Sección ContáctenosContáctenos

Ley General de Bancos (Ley Nº 19.528). Se introducen modificaciones al DFL N° 252 de 1960.

Más información:
Entidades Relacionadas | Documentos | Imágenes | Línea de tiempo

24 - Oct -1997

Por Ley Nº 19.528 (PDF Peso: 5412 kb) del Ministerio de Hacienda de 24 de octubre de 1997, publicada en el Diario Oficial de 4 de noviembre de 1997. Artículo 1°. Introduce modificaciones a la Ley General de Bancos, cuyo texto refundido y sistematizado está contenido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 252 de 1960; reemplaza palabra en el artículo 19; 2, intercala expresión en el artículo 26 bis; 3, modifica el artículo 27; 4, agrega los siguientes artículos 27 A, 27 B, 27 C nuevos; 5, introduce modificaciones al artículo 28: a) reemplaza en el inciso primero, la expresión "artículo anterior" por "artículo 27", b) sustituye los incisos tercero y final; 6, sustituye el inciso final del artículo 29; 7, reemplaza frase en el inciso segundo del artículo 30; 8, agrega palabras en el inciso tercero del artículo 30; reemplaza frase inicial en el inciso cuarto del artículo 30; 9, Reemplaza frase en el inciso cuarto del artículo 30; 10, reemplaza último inciso del artículo 30; 11, sustituye los incisos segundo y  tercero del artículo 31; 12, reemplaza el artículo 31 bis; 13, deroga el artículo 33; 14, suprime frase en artículo 35; 15, deroga los artículos 36 a 39; 16, suprime frase en el inciso primero del artículo 41; 17, agrega vocablo en el inciso segundo del artículo 41; 18, deroga artículo 42; 19, reemplaza artículo 44; 20, deroga el artículo 45; 21, reemplaza frase en el inciso final del artículo 47; 22, sustituye el encabezamiento del artículo 48; 23, suprime frase en el N° 10 del artículo 48; 24, deroga el artículo 49; 25, reemplaza artículo 62; 26, reemplaza frase en el N° 2 del artículo 64; 27, deroga los números 1 y 6 del artículo 65; 28, deroga los números 5 y 13 del artículo 65; 29, sustituye frase en el N° 7 del artículo 65; 30, reemplaza inciso segundo del N° 7 del artículo 65; 31, reemplaza frase en el inciso primero del N° 10 del artículo 65; 32, deroga el inciso segundo del N° 10 del artículo 65; 33, deroga los números 1 y 15 del artículo 65; 34, deroga el N° 16 del artículo 65; 35, introduce modificaciones al inciso cuarto del N° 18 del artículo 65; 36, introduce modificaciones al N° 19 del artículo 65; 37, sustituye guarismo en el inciso primero del artículo 66; 38, deroga el inciso segundo del artículo 67; 39, reemplaza el artículo 68; 40, reemplaza el artículo 69; 41, agrega palabra al artículo 70; 42, deroga los artículos 72, 73 y 74; 43, suprime frase en inciso primero del artículo 75; 44, elimina frase en el inciso segundo del artículo 75; 45, reemplaza frase en el inciso tercero del artículo 75; 46, reemplaza los artículos 81 y 82; 47, introduce artículo 82 bis nuevo; 48, suprime el inciso segundo del N° 1 del artículo 83; 49, elimina palabra y la coma (,) que le precede en los números 3 y 9 del artículo 83; 50, agrega frase al N° 5 del artículo 83 en punto seguido (.); 51, suprime la frase y la coma (,) que le precede en el N° 7 del artículo 83; 52, agrega palabras en el N° 8 del artículo 83; 53, reemplaza el N° 11 bis del artículo 83; 54, reemplaza el N° 12 bis del artículo 83; 55, agrega frase en el N° 13 del artículo 83; 56, reemplaza la oración inicial del N° 15 bis del artículo 83; 57, suprime la oración final del N° 15 del artículo 83 y agrega nuevos incisos; 58, agrega los siguientes números nuevos al artículo 83; 59, reemplaza el artículo 83 bis; 60, reemplaza en el artículo 84 N°s 1, 2, 4 y 5, y expresión en el artículo 137; 61, reemplaza la letras b) y c) del inciso tercero del N° 1 del artículo 84; 62, sustituye guarismo en artículo 112; 63, sustituye el inciso primero del artículo 113; 64, suprime oración en la letra a) del inciso segundo del artículo 113; 65, sustituye el artículo 115; 66, reemplaza inciso final del artículo 116; 67, agrega el siguiente artículo 116 bis nuevo; 68, reemplaza los dos últimos incisos del artículo 119; 69, reemplaza oraciones en el inciso sexto del artículo 121; 70, reemplaza el inciso cuarto del artículo 124; Artículo 2°. Introduce modificaciones al Decreto Ley N° 1.097 de 1975. Chile, Leyes, Decretos. Leyes Nos. 19.526 a 19.550. Pág. 12-43.

Historia de la Ley N° 19.528.


Vea Además:
Portada Sitio Cronología | Eventos por año | Entidades financieras vigentes por año

 Vea Además

Listado Alfabético de Instituciones

Línea de Tiempo General (por Año)

Línea de Tiempo General (por Entidad)

Instituciones Vigentes por Año

Buscador Cronología Bancaria

Ingrese la(s) palabra(s) y presione buscar
Infórmese aquí sobre la Garantía Estatal de los Depósitos
Sitios relacionados >> Ministerio de Hacienda | Superintendencia de Valores y Seguros | Superintendencia de Pensiones | Banco Central | 
Comité de Superintendentes del Sector Financiero | Otros Sitios SBIF >> Bancafacil | ClienteBancario | Cronología Bancaria | API SBIF
Símbolo Internacional de la Accesibilidad. Enlace a página con contenido sobre accesibilidad del sitio de la SBIFSímbolo de Sitio SeguroTrámites de SBIF en ChileAtiendeSímbolo del sitio  Gobierno de Chile
SBIF - Moneda 1123, Santiago - Casilla 15-D; Fono (56+2) 887-9200; Fax (56+2) 381-0410
Privacidad  |  Algunos Derechos Reservados - 2011  |  Sitio web accesible |