Por Decreto con Fuerza de Ley N° 341 de 25 de julio de 1953, substituye el artículo 100 y modifica el artículo 14° transitorio del Decreto con Fuerza de Ley N° 126, de 12 de junio de 1953, que creó el Banco del Estado de Chile. "Artículo 100. El presente decreto con fuerza de ley regirá desde el 1° de septiembre de 1953". Contraloría General de la República. Recopilación de los decretos con fuerza de ley. Tomo XLI, Volumen 2.
"El Banco inició sus operaciones el 1° de Septiembre de 1953, en conformidad a lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N° 341, de 25 de julio del mismo año". Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Memoria correspondiente a los años 1953-1954-1955 ( Peso: 222 kb). Pág. 9. Texto completo.