Ley General de Bancos (Ley N° 9.633). Se modifica Decreto N° 3.154 de 1947.Más información: Entidades Relacionadas | Documentos | Imágenes | Línea de tiempo
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-1950 | Por Ley N° 9.633 ( Peso: 1296 kb) del Ministerio de Hacienda de 26 de julio de 1950, publicado en el Diario Oficial N° 21.722 de 5 de agosto de 1950, modifica el inciso 2.° del artículo 3.° reemplaza el artículo 16.° sustituye el inciso 1.° del artículo 56.° y el 2.° y 4.° del 73.°, modifica el inciso 5.° de este último artículo y sustituye el 75.° del Decreto 3.154, de 23 de julio de 1947 de Hacienda que fijo el texto definitivo del la Ley General de Bancos; faculta el Presidente de la República para condonar y rebajar las multas en que hubieren incurrido las empresas bancarias por infracciones a la Ley General de Bancos en los casos que señala. Contraloría General de la República. Recopilación de Leyes por orden numérico, con índices onomástico, por número, Ministerios y materias. Tomo XXXV. Pág. 264-266. |
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