Ley General de Bancos (DL N° 735). Se declaran vigentes los artículos 3°, 4°, 5°, 7°, 8°, 9°, 56°, número 3°, 1° y 2° transitorio del DL N° 559 de 1925.Más información: Entidades Relacionadas | Documentos | Imágenes | Línea de tiempo
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-1925 | Por Decreto Ley N° 735 ( Peso: 252 kb) de 2 de diciembre de 1925 del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial N° 14.339 de 4 de diciembre de 1925, se declaran vigentes, a contar del 1 del actual, además del Título V, del Decreto-Ley N° 559, de 26 de septiembre último, las siguientes disposiciones de dicho Decreto Ley: artículos 3°, 4°, 5°, 7°, 8°, 9°, 56°, número 3°, 1° y 2° transitorio. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro XCIV. |
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