Banco Salitrero de Chile. Se solicita declarar que ha quedado sin efecto el decreto aprobatorio de los estatutos de 29 de marzo.Más información: Entidades Relacionadas | Documentos | Imágenes | Línea de tiempo
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-1905 | Por carta ( Peso: 28906 kb) de 9 de mayo de 1905, "Pedro A. Marin y Nicolas Montt, por si y por otras personas que firman el poder acompañado, como accionistas de la institución Banco Hipotecario Salitrero o Banco Salitrero de Chile, respetuosamente a US. decimos: Por Decreto n° 1342 de 29 de marzo de 1905, se aprobó los estatutos de la sociedad Banco Salitrero de Chile, eliminando de ellos el inc. A del art. 4°. Al aprobar en forma condicional los referidos estatutos, introdujo una modificación en uno de los términos esenciales de la escritura social. Sobre una modificación de esa clase deben necesariamente pronunciarse los accionistas, y por eso V.E. declaró, por decreto n° 1530 de 8 de abril, que para poder declarar legalmente instalada la sociedad, debería acreditarse previamente que los socios que firmaron la escritura social acepten por unanimidad que se elimine de los estatutos el inc. A del art. 4°. Nosotros declaramos que no aceptamos la modificación propuesta. .. En esta situación corresponde a V.E. declarar que ha quedado sin efecto el decreto aprobatorio de los estatutos de 29 de Marzo" . Archivo Nacional. Fondo Ministerio de Hacienda. Volumen 3679.
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