Banco de Curicó. Aumento de capital y se fija el máximum que pueden emitir legalmente en billetes los bancos, modificando el Decreto N° 3.582.Más información: Entidades Relacionadas | Documentos | Imágenes | Línea de tiempo
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-1893 | Por Decreto del Ministerio de Hacienda de 27 de julio de 1893, considerando que los Bancos de A. Edwards C.ª. y de Ahorros i Préstamos han aumentado sus capitales y con lo dispuesto en el artículo 14° de la Ley de 26 de noviembre de 1892, se fijan las cantidades que se expresan, el máximum que pueden emitir legalmente en billetes al portador los bancos de emisión existentes: Nacional de Chile, Valparaíso, Santiago, Internacional, Comercial, A. Edwards i C.ª., Agrícola, Mobiliario, D. Matte i C.ª., de la Unión, Crédito Unido, Talca, Concepción, Curicó, Melipilla, Popular Hipotecario, Ahorros i Préstamos, Serena, San Fernando, Tacna, Ñuble, José Bunster, Popular, Rere, Llanquihue, Colchagua, Arauco. Queda en lo demás vigente el Decreto N° 3.582 de 24 de diciembre del año próximo pasado. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno.
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