Banco Consolidado de Chile (Decreto N° 320). Se reduce la tasa de interés del Empréstito de 1878.Más información: Entidades Relacionadas | Documentos | Imágenes | Línea de tiempo
05
-
Nov
-1880 | Por Decreto Nº 320 del Ministerio de Hacienda de 5 de noviembre de 1880, entre el Ministro de Hacienda y los bancos que suscriben se ha convenido en el siguiente contrato. Los bancos Nacional de Chile, Valparaíso, A. Edwards i C.ª., de D. Matte i C.ª., Agrícola, Concepción, Mobiliario y Unión, por sí, y los tres primeros nombrados como tenedores de los créditos de los bancos de la Alianza, Consolidado, Ossa i C.ª., convienen en reducir la tasa de interés estipulada en la Ley de 27 de junio de 1878 por el préstamo que hicieron al Estado en aquella época. La reducción de la tasa de interés será por el término de un año. Para los bancos que tomaron parte en el empréstito del nueve por ciento en conformidad a la Ley de 6 de septiembre de 1878, el interés de seis por ciento regirá desde el día en que se hayan vencido sus plazos respectivos. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro XLVIII.
|
Vea Además: Portada Sitio Cronología | Eventos por año | Entidades financieras vigentes por año | |